Garantía definitiva en licitaciones: tipos, importes y cómo gestionarla
La garantía definitiva es un coste financiero que muchas empresas olvidan al pricing. Esta guía te enseña a calcularla, gestionarla y recuperarla.
Índice
1. Qué es y cuánto cuesta
La garantía definitiva (art. 107 LCSP) es un depósito del 5% del importe de adjudicación (IVA excluido) que el adjudicatario debe constituir en 10 días hábiles desde la notificación.
- •Importe: 5% del precio adjudicado sin IVA.
- •En obras complementarias: hasta el 10%.
- •En contratos de concesión: definido en pliegos.
2. Modalidades aceptadas
Tienes cuatro opciones para constituirla:
- •Aval bancario: el más común. Coste ~0,8-1,5% anual sobre el importe.
- •Seguro de caución: alternativa al aval. Suele ser más barato pero requiere póliza.
- •Efectivo o valores: poco recomendable por inmovilización de capital.
- •Retención de precio: el organismo retiene un % de cada factura hasta llegar al 5%.
Para PYMES con cashflow ajustado, la retención de precio es la mejor opción si está prevista en pliegos.
3. Cuándo se devuelve
La garantía se devuelve al finalizar el contrato y transcurrido el plazo de garantía (mínimo 1 año en obras; lo que indique el pliego en servicios). Si hay desperfectos o reclamaciones, se ejecuta total o parcialmente.
No olvides solicitar formalmente la devolución; muchos organismos no la inician de oficio.
4. Errores que cuestan dinero
Pequeños descuidos pueden costar miles de euros en intereses.
- •No incluir el coste del aval en el pricing (1-1,5% anual).
- •Olvidar renovar el aval si el contrato se prorroga.
- •Aval con vencimiento anterior al plazo de garantía: causa de retención.
- •No reclamar la devolución a tiempo (prescribe a los 4 años).
Preguntas frecuentes
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