Un contrato menor es un contrato público de bajo valor que la Administración puede adjudicar directamente sin publicidad ni competencia formal. Es la forma más rápida de empezar a vender al sector público, pero tiene reglas estrictas.
Límites de importe 2026
- •Obras: hasta 50.000 € (IVA incluido).
- •Suministros y servicios: hasta 35.000 € (IVA incluido).
- •Consultoría: hasta 35.000 €.
- •Algunas CCAA tienen umbrales propios más bajos (ej. 15.000 €).
Reglas del contrato menor
- No requiere publicación en PLACSP (solo en perfil de contratante).
- Se necesitan 3 ofertas como mínimo salvo excepciones justificadas.
- No se exige clasificación empresarial ni solvencia compleja.
- Duración máxima: 1 año (prorrogable en algunos casos).
- El mismo contratista no puede acumular contratos menores que sumen más del doble del umbral en 12 meses (art. 118 LCSP).
Ventaja estratégica para PYMES
Los menores permiten construir referencias, conocer a los técnicos de la Administración y probar tus procesos sin arriesgar recursos en pliegos complejos. Muchas empresas crecen capturando 5-10 menores al año y luego saltan a mayores con solvencia acreditada.
Monitoriza el perfil de contratante de 10 organismos cercanos. El 70% de los menores se adjudica en menos de 15 días desde su publicación: quien llega primero, gana.